¿Vives en Galicia y quieres instalar aerotermia? En 2025 la Xunta, a través del INEGA, ofrece ayudas que pueden cubrir hasta el 70% del coste. Además, estas subvenciones son compatibles con deducciones fiscales. Descubre aquí todo lo que necesitas: tipos de ayudas, requisitos, cuantías, plazos y una guía paso a paso para solicitarlas.

La Xunta de Galicia, a través del INEGA (Instituto Enerxético de Galicia), ha confirmado un nuevo paquete de subvenciones para aerotermia en 2025. Estas ayudas buscan impulsar la eficiencia energética en hogares, pymes y comunidades de vecinos, aprovechando fondos europeos Next Generation EU.
Si estás pensando en cambiar tu calefacción o instalar un sistema de bomba de calor aerotérmica, aquí te explico cómo funcionan las ayudas, qué requisitos debes cumplir y cómo solicitar tu subvención paso a paso.
Las subvenciones de aerotermia son ayudas económicas que cubren parte del coste de instalación de equipos de climatización que utilizan energía del aire para generar calor o frío. En Galicia, el INEGA gestiona las convocatorias oficiales, con financiación europea y autonómica.
El objetivo es claro: reducir el consumo energético y las emisiones de CO₂, favoreciendo la transición hacia sistemas renovables más eficientes. En 2025, las líneas de ayuda se centran especialmente en autónomos, pymes y particulares que sustituyan calderas antiguas por equipos de aerotermia.
Podrán solicitar las subvenciones:
Personas físicas propietarias de viviendas en Galicia.
Comunidades de propietarios y cooperativas de vivienda.
Autónomos y pymes que implanten soluciones de aerotermia en sus instalaciones.
Requisitos principales:
El inmueble debe estar ubicado en Galicia.
La instalación debe realizarla una empresa acreditada.
No se admitirán instalaciones iniciadas antes de la solicitud.
El sistema debe cumplir la normativa de eficiencia y etiquetado energético vigente.
El importe de las subvenciones varía según el tipo de solicitante y el uso del inmueble. A modo orientativo:
| Tipo de solicitante | Subvención máxima | Porcentaje sobre el coste |
|---|---|---|
| Vivienda unifamiliar | 3.000 – 5.000 € | Hasta el 40 % |
| Comunidad de vecinos | Hasta 10.000 € | Hasta el 55 % |
| Pymes / autónomos | Hasta 25.000 € | Hasta el 45 % |
* Estos valores pueden modificarse según la resolución final del INEGA 2025. Conviene revisar el DOG (Diario Oficial de Galicia) cuando se publique la convocatoria oficial.
Consulta la convocatoria oficial del INEGA 2025.
En www.inega.gal se publican las bases y plazos.
Contacta con una empresa instaladora acreditada.
Te ayudará con el presupuesto, la ficha técnica y la justificación del ahorro energético.
Rellena la solicitud online.
Se tramita a través de la sede electrónica de la Xunta (certificado digital obligatorio).
Presenta la documentación y espera la resolución.
Si tu solicitud es aprobada, recibirás el importe tras justificar la instalación completa.
Documentos básicos:
DNI o CIF del solicitante.
Presupuesto o factura proforma de la instalación.
Certificado energético del inmueble.
Justificante de titularidad bancaria.
Declaración responsable y fotografías del antes/después.
Plazos:
Normalmente, la convocatoria abre en primavera (abril–junio) y permanece activa hasta agotar fondos. Es recomendable preparar la documentación con antelación, ya que las ayudas se conceden por orden de solicitud.
Las subvenciones de aerotermia en Galicia pueden compatibilizarse con:
Fondos Next Generation para rehabilitación energética.
Programas de autoconsumo con placas solares.
Ayudas municipales o provinciales (según concello).
Sin embargo, no se puede cobrar doble subvención por el mismo gasto. Conviene revisar las bases específicas de cada programa antes de presentar varias solicitudes.
Habitualmente entre abril y mayo, aunque puede variar según los fondos europeos disponibles.
Entre un 30 % y un 55 % del coste, dependiendo del perfil del solicitante y el tipo de instalación.
Sí, y de hecho es una de las combinaciones más recomendadas para lograr eficiencia máxima.
El INEGA puede solicitar la devolución de la subvención concedida.